Devoluciones y reembolsos parciales: cómo se hace la rectificativa
En una tienda física la devolución es rara. En una tienda online es rutina: tallas, colores, arrepentimientos. Y es justo el punto donde más contabilidades de ecommerce se rompen, porque mucha gente sigue haciendo lo que hacía antes: borrar la factura y emitir otra. Con VERI*FACTU eso ya no es posible.
La regla básica
Una factura emitida y remitida no se elimina. Si la operación cambia —devolución total, devolución parcial, descuento posterior, error en el importe— se emite una factura rectificativa que corrige a la original y queda encadenada detrás de ella.
Lo que la AEAT recibe no es «la versión final» de tus facturas. Es la historia completa: qué emitiste, cuándo, y cómo lo corregiste. Borrar no es una opción disponible.
Rectificativa por diferencias vs. por sustitución
Hay dos formas de rectificar y conviene no mezclarlas:
- Por diferencias — la rectificativa recoge sólo el importe que cambia. Si devuelven 30 € de un pedido de 100 €, la rectificativa es de −30 €. Es la forma natural para devoluciones de ecommerce.
- Por sustitución — la rectificativa recoge el importe correcto completo y deja sin efecto la anterior. Encaja mejor cuando la factura original estaba mal de raíz.
Para devoluciones de productos, por diferencias es lo coherente: la venta original existió y una parte se deshizo.
El caso que más se falla: el reembolso parcial
Pedido de tres artículos, el cliente devuelve uno. Lo que tiene que pasar:
- La factura original se queda como está. No se toca.
- Se emite una rectificativa por el importe devuelto, con su propio IVA desglosado.
- Esa rectificativa lleva su propia serie —normalmente distinta de la serie de facturas— y su propio número correlativo.
- Indica expresamente a qué factura rectifica.
- Genera su registro, con su huella encadenada, y se remite a la AEAT como cualquier otra.
Si el cliente devuelve después otro artículo del mismo pedido, se emite una segunda rectificativa. No se modifica la primera.
Y los gastos de envío
Detalle práctico que se escapa a menudo: si al devolver un artículo también devuelves su parte proporcional de gastos de envío, eso va en la rectificativa. Si los gastos de envío no se devuelven, no. Parece obvio hasta que un sistema automático lo hace mal en 200 pedidos.
Cuándo NO es una rectificativa
Dos situaciones que se confunden:
- El pedido se cancela antes de cobrarse. Si nunca hubo factura, no hay nada que rectificar.
- El error está en el registro, no en la factura. Si la factura es correcta pero el registro salió con un dato mal, lo que corresponde es una subsanación del registro, no una rectificativa. Son cosas distintas y la norma las trata distinto.
Qué exigirle a tu sistema
- Que detecte el reembolso solo, sin que nadie tenga que acordarse.
- Que soporte reembolsos parciales y múltiples sobre el mismo pedido.
- Que use serie propia para rectificativas.
- Que envíe al cliente la rectificativa, no sólo la guarde.
- Que, si algo falla, lo deje en una cola de errores visible con un botón de reintento.
El quinto punto es el que separa un sistema fiable de uno que parece fiable. Una rectificativa que no llegó a la AEAT y nadie vio es exactamente el tipo de problema que aparece un año después.
Referencias: RD 1619/2012, art. 15 (facturas rectificativas); RD 1007/2023; Orden HAC/1177/2024, art. 16 (subsanación de registros).